BusinessGo y el gabinete jurídico Cremades & Calvo-Sotelo alcanzan un acuerdo con la Cámara de Comercio para ofrecer servicios en materia de Compliance
La consultora de Marketing sevillana Business GO y el despacho de abogados Cremades & Calvo-Sotelo, ambos socios del Club Cámara, firmaron en el día de ayer un acuerdo para ofrecer un servicio integral en materia de Compliance a todas las empresas interesadas.
El acuerdo permite que a través de la Cámara de Comercio se ofrezca un servicio global cuyos ejes principales de actuación son: tramitación de incentivos, certificaciones y consultoría en materia de prevención de delitos en la empresa.
En lo relativo a tramitación de incentivos, Business Go ofrece la gestión y tramitación de incentivos, ayudas y subvenciones para la consultoría y certificación de la UNE 19601 (Compliance Empresarial).
Asimismo, el servicio de consultoría permite la implantación de un sistema de prevención de riesgos empresariales ante posibles comisiones de delitos en el ámbito empresarial, reduciendo y/o eliminando la responsabilidad penal de la persona física y jurídica, así como facilitando la implementación de mejoras integrales en los procesos de gestión. Servicio que articulará el gabinete jurídico Cremades & Calvo -Sotelo, en el marco de este acuerdo.
Finalmente, será Cámara Certifica, entidad participada por las Cámaras y acreditada por ENAC, la entidad que gestione las certificaciones según la norma UNE 19601, Sistemas de Gestión de Compliance, y cuyo objetivo es ayudar a las organizaciones a implantar controles que permitan prevenir, detectar y mejorar las políticas de Compliance empresarial.
El gerente de Business Go, Manuel Terriza León, valora este acuerdo como muy positivo, en la medida en que posibilitará “ofrecer a todos los clientes un servicio conjunto de búsqueda de ayudas, y hacerlo con el soporte tecnológico necesario para el cumplimiento de todos los requisitos en materia de prevención de delitos en la organización”.
Cabe recordar que la legislación española incorporó la responsabilidad penal de las personas jurídicas y que el actual Código Penal y la Ley Orgánica 1/2015 delimitan el marco jurídico relativo a esta responsabilidad penal corporativa. Con este cambio de normativa, la responsabilidad se traslada de los administradores a la propia organización, sobre la que pueden recaer sanciones y suspensiones que pueden ser desde temporales hasta definitivas.